En octubre de 2014, recién comenzado el curso académico, se me planteó un problema relacionado con el transporte de alumnos desde mi pueblo hasta el instituto donde estudian. Todo aquello lo escribí en mi página web personal. Y, antes de seguir leyendo, es obligatorio leerlo, en caso contrario es posible que no nos enteremos de qué hablo:
En política, los políticos, además de hacer y defender las leyes y decretos que vean convenientes, también deben de estar abiertos a los problemas y abiertos a las soluciones, razonar y escuchar otros razonamientos, distinguir lo justo de lo injusto, e intentar cambiar desigualdades e injusticias, siempre dentro de sus posibilidades. (…) [continuar leyendo]
¿Lo has leído ya? Vale. El caso es que no lo dejé ahí, le escribí al Defensor del Pueblo Andaluz explicándole el asunto… (Digamos que le doy muchas vueltas a las cosas antes de abandonarlas). Hoy, ya por fin, ha venido la respuesta final. La publico en su totalidad:
Nuevamente nos ponemos en contacto con usted para comunicarle las gestiones realizadas en la tramitación de su expediente de queja, arriba indicado.
Como ya sabe por el escrito que le remitimos con anterioridad, habíamos solicitado informe a la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte con el objeto de esclarecer el asunto que amablemente nos había trasladado.
Así mismo, con posterioridad a la fecha en la que Vd. se dirigió a esta Institución, se recibieron otras quejas de contenido idéntico o similar al suyo, si bien afectantes a otras Delegaciones Territoriales, por lo que consideramos oportuno solicitar, así mismo, información al respecto de la cuestión de carácter general que se deducía de todas ellas, y que no era otra que la del alumnado afectado por la imposibilidad de utilizar el transporte escolar cuando no están matriculados en los centros adscritos por la propia Administración educativa.
De este modo, en todos los casos señalados, nos dirigimos a los distintos organismos territoriales señalando que, si bien desde un punto de vista estrictamente jurídico no podíamos considerar que se estuviera produciendo ninguna irregularidad teniendo en cuenta lo establecido en Decreto 287/2009, de 30 de Junio, por el que se regula la prestación gratuita del servicio complementario de transporte escolar, considerábamos, así mismo, que en los casos en los que se nos exponía dicha cuestión era posible una solución favorable del asunto expuesto teniendo en cuenta que de accederse a lo solicitado no supondría ningún sobrecoste para la Administración, así como que con dicha medida se estaría contribuyendo a la consecución del derecho de los menores afectados a recibir una educación gratuita y en condiciones de igualdad.
No obstante ello, en las distintas respuestas obtenidas, se nos venía a poner de manifiesto la obligatoriedad de las distintas Administraciones a cumplir con rigurosidad la normativa aplicable, considerándose que en virtud del artículo 3.2 del Decreto señalado, el alumnado al que nos estábamos refiriendo no podía ser beneficiario del transporte escolar que solicitaban.
Siendo ello así, a la vista de los distintos escritos informativos de la Administración, importa recordar que, según el art. 41 y 128 del Estatuto de Autonomía para Andalucía y la Ley 9/83, de 1 de Diciembre, por la que nos regimos, nuestra competencia se ciñe a la defensa de los derechos y libertades comprendidos en el Título I de la Constitución, siempre que los mismos resulten infringidos por alguna actuación de la Administración Autonómica Andaluza, a la que debemos supervisar, dando cuenta de ello al Parlamento.
Desde esa obligada perspectiva para nosotros, y una vez estudiada la información que consta en el expediente, así como las normas legales aplicables al caso, no podemos observar que en la actuación llevada a cabo por la administración implicada en su caso concreto exista una infracción de alguno de los mencionados derechos y libertades, motivo por el cual hemos de dar por concluido su expediente de queja.
No obstante ello, le informamos que, en estos momentos, esta Institución está analizando con mayor profundidad la cuestión expuesta para valorar la conveniencia de incoar un expediente de oficio y, en el caso de que resultara lo procedente, sugerir la posibilidad de adoptar alguna medida que pudiera resolver, aunque fuera en parte, un problema que atañe un importante número de alumnos y alumnas que diariamente acuden a los centros docentes de Andalucía.
Agradeciéndole la confianza que ha demostrado al dirigirse a nosotros, exponiéndonos su problema, y quedando a su disposición para cualquier aclaración o para cualquier otro asunto de nuestra competencia, atentamente le saluda,
Jesús Maeztu Gregorio de Tejada Defensor del Pueblo Andaluz Me alegro de la respuesta obtenida. Ya se sabía de antemano que legalmente no se podía hacer nada, pero… ¡qué se sabe!.